Iniciativa de Ley de Austeridad permanece estancada en el congreso del estado desde el 1 de febrero
Chihuahua, Chih. – La Fracción Parlamentaria de Morena por iniciativa del diputado Benjamín Carrera Chávez, presentó un decreto reformar la constitución para garantizar la austeridad, luego de que la iniciativa presentada por la misma fracción permanezca estancada en el Congreso del Estado desde hace casi dos años.
Durante su participación el diputado de Morena manifestó su preocupación por el retraso de Chihuahua en materia de austeridad, luego de que el 1 de febrero presentara la Iniciativa con carácter de decreto, a fin de expedir la Ley de Austeridad misma que hasta esta fecha se encuentra en estatus de pendiente en la página del H. Congreso del Estado de Chihuahua.
La iniciativa con carácter de decreto tiene el propósito de reformar los artículos 1º y 64 fracción VI, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como el artículo 78 del Código Administrativo del Estado para en el artículo primero de la constitución del estado agregar:
“Como política de Estado se deberá l aplicar las medidas de austeridad en la programación y ejecución del gasto gubernamental, para hacer cumplir los principios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia y honradez en la administración de los recursos económicos de carácter público de que dispone la Nación, conforme lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”
En el artículo sesenta y cuatro constitucional el legislador plantea transparentar lar tabulaciones de los servidores públicos, sujetándose a los dispuesto en los artículos 116 y 127 de la Constitución Federal y 165 bis de esta Constitución; Serán irrenunciables y adecuadas al desempeño de las funciones, empleos, cargos o comisiones y a la responsabilidad que éstos entrañen.
En el caso del artículo 78 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua, se propone:
1) Los servidores públicos recibirán “recibirán los beneficios del sistema público de seguridad social correspondiente”, es decir se eliminan los servicios de gastos médicos mayores.
2) Prohíbe establecer o cubrir con recursos públicos haberes de retiro o regímenes especiales de jubilación o pensión, así como la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación individualizada o colectiva por parte de los entes públicos federales para beneficio de cualquier servidor público, con excepción de aquellos necesarios por corresponder a una función de alto riesgo, conforme a lo establecido en la ley.
3) Quedan prohibidas las pensiones de retiro a titulares del Ejecutivo estatal.
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