El diputado local por Morena, Benjamín Carrera, se queja de que la instancia electoral local resolvió un asunto que interpuso ante una instancia superior, lo que considera un atropello; mientras, el abogado del mismo partido, David Castrejón, impugna al organismo electoral por repartición de diputaciones plurinominales por cuestión de género.
Chihuahua, Chih. (ADN / Martín Orquiz) – Mientras que el abogado y militante de Morena, Óscar David Castrejón Rivas, acudió a las instalaciones del Tribunal Estatal Electoral (TEE) para impugnar la resolución de género que le retiró una diputación plurinominal, el diputado local del mismo partido, Benjamín Carrera Chávez, busca denunciar ante la Sala Guadalajara violaciones procesales del organismo electoral.
Castrejón Rivas expuso este mediodía que insistirá en que el TEE aplicó criterios sin justificación con tal de afectarlo e incidir en la conformación del Congreso del Estado.
Explicó que la resolución del TEE que altera la asignación de diputaciones plurinominales, vulnera la vida política interna de los partidos y aplica de manera arbitraria el principio de paridad de género, pues hace que solo Morena cumpla con ese criterio sin aplicarlo al PRI y al PAN.
A la vez, Carrera Chávez, solicitó a la Magistrada de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Gabriela Eugenia Del Valle Pérez, que se le conceda una audiencia de alegatos para exponerle las violaciones procesales que se están cometiendo en el Estado de Chihuahua con relación a la promoción de un juicio para la protección de los derechos políticos y electorales del ciudadano.
A través de un escrito, también le informa que decidió ampliar sus reclamaciones frente a la ilegal sentencia del TEE de Chihuahua y solicitará un juicio de protección de los derechos del ciudadano en contra de ese atropello para que tanto la magistrada como la Sala Regional puedan pronunciarse sobre la actuación del Tribunal Local.
Carrera Chávez da a conocer que el pasado 20 de agosto promovió un juicio para la protección de los derechos políticos y electorales del ciudadano a través de dos documentos, ambos dirigidos a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral de la Federación.
Explica que presentó los dos escritos por la desconfianza que le generan los funcionarios del Consejo Estatal Electoral de Chihuahua, las diligencias se hicieron en horarios diversos para tratar de que fueran recibidos por personal diferente y reducir las posibilidades de que el documento fuera extraviado intencionalmente.
Pero, continúa, sin ninguna justificación y violentando el procedimiento, uno de los documentos presentados fue radicado con el expediente 475/2021 del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, en contra de la resolución de clave IEE/CE241/2021, emitida por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.
Nunca me inconformé ante el TEE de Chihuahua y, sin embargo, dicho tribunal local decidió resolver su juicio, lo que califica como sorprendente porque todas las actuaciones por el acto reclamado las realizó ante la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El juicio se promovió per saltum (salto de instancia) debido a que considera que la magistrada es la autoridad la más idónea y efectiva para conocer y resolver el caso dada la evidente premura del tiempo, puesto que la legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua debe de quedar integrada el primero de septiembre.
Carrera Chávez expone que la magistrada y los magistrados del TEE de Chihuahua cometieron una falta grave al resolver en plenitud de jurisdicción una controversia que puede ser contradictoria de la sentencia que sea propuesta por Del Valle Pérez, considerando el desacato a la jurisprudencia 1/2021, referente a la competencia, reglas para la remisión de asuntos a la Sala Regional, instancia partidista o Tribunal local competente atendiendo a si se solicita o no el salto de instancia.
De acuerdo con este criterio, por economía procesal, así como por certeza en las resoluciones, era necesario que los juicios resueltos el día 25 de agosto, en el expediente JDC-475/2021 y acumulados, debieron ser remitidos a la Sala Guadalajara, como lo solicitó expresamente en el escrito inicial.
Ese mismo día, el magistrado instructor admitió el juicio de la ciudadanía, abrió el periodo de instrucción, y tuvo por presentadas y desahogadas las pruebas; mediante una cédula de notificación publicada en estrados a las 17:20 horas, se convocó a sesión por parte del secretario del Tribunal para las 18:30 horas.
La sesión pública comenzó a las 19:34 horas; así, el Tribunal Local admitió y resolvió un asunto que fue enviado per saltum al tribunal federal, lo hizo acordando la admisión, cerrando instrucción, desahogando pruebas, recibiendo alegatos y dictando sentencia el mismo día, en cuestión de unas cuantas horas, relata.
Los antecedentes del caso establecen que la primera resolución del Instituto Estatal Electoral (IEE) equilibraba el tema de paridad de género en todos los partidos políticos y no sólo en uno: PAN ocho hombres y siete mujeres; tres hombres y dos mujeres para el PRI, cuatro hombres y siete mujeres en Morena, así como un hombre y una mujer en Movimiento Ciudadano.
La segunda resolución, la del TEE, acomodó a nueve hombres y seis mujeres en el PAN, cuatro hombres y una mujer para el PRI, tres hombres y ocho mujeres en Morena y dos mujeres y ningún hombre en Movimiento Ciudadano.
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