Cuando un progenitor ataca a una hija o un hijo con el objetivo de causar dolor a la madre
Ciudad de México (ADN/Adriana Saucedo) El Senado de la República aprobó un paquete de reformas a ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, para combatir la nombrada “violencia vicaria”
De acuerdo con las reformas, la violencia vicaria se refiere cuando un progenitor ataca a una hija o un hijo con el objetivo de causar dolor a la madre, lo cual se sancionará hasta con seis años y cinco meses de cárcel.
Durante la sesión ordinaria se aprobó por unanimidad con 86 votos a favor la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal, y del Código Penal Federal.
La violencia interpósita persona se tipificó como “cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior aplica incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio”.
El senador por Morena, Rafael Espino, dio a conocer en sus redes sociales que ayer 8 de marzo se celebró la reunión de sesión conjunta de las Comisiones Unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda, para discutir el dictamen.
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