Una alimentación adecuada es un derecho humano y una condición indispensable para el desarrollo de las personas. Es destacable el papel que el Constituyente le atribuye a la alimentación en nuestra Carta Magna. Basta revisar el artículo 4º, que señala al Estado como garante del derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad para todas las personas; así como el artículo 27, que dispone, entre otras cosas, el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos, en atención a un desarrollo rural integral y sustentable.
Y es que resulta innegable, que el desarrollo de las capacidades de cualquier ser humano comienza con una adecuada alimentación desde la primera infancia. Si no la hay o esta es insuficiente, resulta imposible un desarrollo físico y mental adecuado.
Lo anterior, aunque evidente, es una tarea y una gran deuda social. El tratamiento del tema de la alimentación a nivel nacional e internacional ha merecido un arduo debate científico y jurídico ante el reto por parte de los Estados nacionales, de garantizar una alimentación adecuada a sus poblaciones.
En las últimas décadas se han elaborado diversos conceptos a partir del reconocimiento de la alimentación como un derecho de las personas, tal como lo consignan algunas Convenciones jurídicas internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Uno de estos conceptos es el de seguridad alimentaria, el cual surgió en la década de los 70, para referirse a “la producción y disponibilidad alimentaria a nivel global y nacional” (FAO). En las décadas siguientes, este concepto ha evolucionado para incluir elementos como la inocuidad, la cultura y se han acuñado otras definiciones como la seguridad, la autosuficiencia y la inseguridad alimentarias, así como la seguridad agroalimentaria, las cuales reflejan la complejidad que actualmente existe cuando se habla de alimentación.
Y es que este tema es multifactorial. La inseguridad alimentaria y nutricional, por ejemplo, se vinculan no solo con la pobreza o falta de atención médica, sino también con aspectos como la inestabilidad social o política.
Sobre esto último hay evidencia que refiere que la seguridad alimentaria es un aspecto de carácter estratégico y de seguridad nacional. En si misma, la definición de seguridad nacional provoca un debate, pues los expertos sosienen que una definición demasiado amplia, puede confundir problemas económicos y políticos con los de seguridad. Aún así, hay evidencia que revela el vínculo entre la seguridad alimentaria y la seguridad nacional, siendo que la primera debe superar cierto umbral antes de generar un problema de vulnerabilidad social, en el entendido que ”la seguridad alimentaria no es un problema de mercado, sino de equidad social”.
Durante la administración del Presidente Andrés Manuel López Obrador se hecho énfasis en lograr la autosuficiencia alimentaria en los productos básicos que se consumen en nuestro país. La política agropecuaria del gobierno federal busca atender a la población más pobre, no solo desde la perspectiva del consumidor, sino de quien produce.
Desde este ángulo, con el fin de fortalecer nuestro marco normativo en esta materia, presenté en el Senado de la República una propuesta de reforma a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, la cual consiste en incorporar el concepto de “Seguridad Alimentaria”, entendida como aquellas “acciones estratégicas para asentar las bases que ayudarán a lograr la seguridad y soberanía alimentarias, fortaleciendo los sectores agrícola, pecuario, pesquero y acuícola, de acuerdo con la planeación nacional”.
El incorporar en nuestro marco normativo conceptos claves para la comprensión del tema de la alimentación, abona a diseñar políticas públicas más sensibles y eficientes, en esta relevante agenda para los mexicanos en los próximos años.
Rafael Espino
De Chihuahua. Abogado fiscalista. Consejero Independiente de Petróleos Mexicanos. Senador de la República por Morena.