Esta semana se dio a conocer por parte del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador (AMLO) la firma de un Decreto para dejar sin efectos las condonaciones de impuestos a grandes contribuyentes.
Cada año desde 2006 en Ley de Ingresos emitida en concordancia con el Presupuesto de Egresos se establecían mecanismos de condonación y casos en que podría ser aplicable.
La condonación es una facultad del Ejecutivo Federal y que ha sido utilizada bajo diferentes circunstancias, como cuando se da un fenómeno natural y afecta la economía de una parte del país, como ciclones en zonas turísticas, caso por cierto mencionado como uno que si se mantendría la posibilidad de ser aplicado o hay casos donde el monto máximo a condonar se establece en base al costo de cobranza que puede representar para el Gobierno, donde se decide que es más económico el condonar algunas multas que tratar de cobrarlas e incurrir en un costo mayor.
En este caso el Presidente dio a conocer los montos de condonación que se ha dado y la razón por la cual se considera que se ha incurrido en abusos del uso de la facultad legal.
“Se ha abusado y se va a eliminar, en dos sexenios se condonaron a grandes contribuyentes de alrededor de 400 mil millones de pesos, es como un huachicol de cuello blanco que se va a eliminar”, comento el Presidente en la conferencia mañanera.
Se justifica esta decisión también en el principio de proporcionalidad establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
“Tienen que contribuir más los que obtienen más ingresos, en este caso, muy al contrario, los de mero arriba en algunos casos, no pagaban impuestos o cuando pagaban se les devolvían, eso se termina a partir de hoy”.
López Obrador detalló que de los más de 153 mil contribuyentes que obtuvieron condonaciones desde 2007 hasta 2018, con base en una política pública que formaba parte de la Ley de Ingresos, solo 108 del sector privado obtuvieron una condonación de 213 mil millones de pesos.
Condonaciones en otros niveles de Gobierno
Sin embargo, no solamente en materia federal se da este mecanismo de condonaciones, es común verlas en el nivel estatal y curiosamente pero hasta en mayor proporción en el nivel municipal.
Se dan a través de Regidores, Diputados, Directores sin contar con facultades legales para poder realizar ningún tipo de descuento o condonación ya que regularmente estas están establecidas para la tesorería o en su caso a través de los jueces calificadores, al calificar precisamente las multas.
Se da principalmente en multas de tránsito, recargos sobre prediales entre otros.
No se toman en cuenta normalmente ningún tipo de criterio para definirlas más allá que una forma de beneficiar a grupos específicos, cercanos o simplemente ganar simpatías.
Sería interesante la apertura de información y la revisión del detalle de los descuentos por estos conceptos para identificar la arbitrariedad con que se otorgan, como lo solicitado en oficio 11-1-18-9-14-1 en el 12/21/22/21.
Esto considerando el derecho al acceso a la información, así como la necesidad de supervisar y revisar el uso y abuso que se da a esta figura que aun siendo legal no debe carecer de fundamentación y sobre todo motivación para llevarse a cabo en perjuicio de la sociedad, aunque sea en beneficio de un particular, considerando claro circunstancias específicas del contribuyente.
Carlos Monroy
Doctor en Materia Fiscal. Consultor en Comercio Exterior y Gerente de Consultoría en Palco Consorcio de Comercio Internacional.
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