Todos al llegar al país estamos obligados a declarar ante la Aduana las mercancías que causen el impuesto de importación, por principio de cumplimiento, pero además para evitar ser sujeto a sanciones que son altas en el caso pasajeros.
Tres veces al año se pone en marcha el Operativo Paisano que es en semana santa, verano y diciembre en cuyo periodo aumenta la franquicia a 500 usd.
En este momento al no estar en fechas de dicho operativo, se tiene una franquicia de 300 dólares, los cuales son adicionales a la mercancía que como equipaje se puede importar sin el pago de impuestos en la aduana.
Equipaje
La franquicia es independiente además de la mercancía que se puede importar por concepto de equipaje tales como:
I. Bienes de uso personal, tales como ropa, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia; artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.
II. Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.
III. Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.
IV. Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de DVD, así como un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.
V. Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos (CD), tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.
VI. Libros, revistas y documentos impresos.
VII. Cinco juguetes, incluyendo los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.
VIII. Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas deberá mostrarse la receta médica correspondiente.
IX. Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.
X. Tratándose de pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, hasta 3 litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.
XI. Un binocular y un telescopio.
XII. Dos instrumentos musicales y sus accesorios.
XIII. Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.
XIV. Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.
XV. Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.
En caso de exceder de la franquicia, se deberá de pagar el impuesto del 16% sobre el valor de la mercancía, muy importante el cumplimiento para evitar sanciones.
Conclusión
Es importante conocer las mercancías y montos que se pueden importar sin pagar el impuesto de importación, así como conocer las mercancías que deben cubrir el pago para cumplir con el mismo en el momento de la importación y evitar así el pago de sanciones, el embargo de la mercancía no declarada e incluso el que quede el vehículo como garantía.
Carlos Monroy
Doctor en Materia Fiscal. Consultor en Comercio Exterior y Gerente de Consultoría en Palco Consorcio de Comercio Internacional.
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