La secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que formalizó los convenios para integrar a la formalidad a los pequeños negocios, emprendedores y autoempleados mediante el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) en todo el país. Con ello las entidades federativas no resentirán la falta de ingresos que representaba el antiguo Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).
Hacienda destacó que es relevante su participación para promover la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), brindarles orientación a los causantes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y dotarlos de los instrumentos necesarios, como la firma electrónica avanzada.
Estableció que a efecto de cumplir los objetivos de integrar a la formalidad, mediante el RIF, a las personas que actualmente desempeñan sus actividades productivas en la informalidad, es necesaria la colaboración de los gobiernos de las entidades federativas y el federal.
Por otro lado, se fortalecerán las haciendas públicas locales con la participación del Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes, para lo cual se contempló la firma de un convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, en el cual se establecen las funciones que se delegan a la entidad, los incentivos que recibirá por su actividad y la forma en que se medirán sus resultados.
LAS CLÁUSULAS
Luis Videgaray, secretario de Hacienda, firmó dichos convenios con los mandatarios estatales y secretarios de Finanzas de los 32 estados y el Distrito Federal.
En el anexo 5 del documento se establece como cláusulas que los estados recibirán como incentivo, por el cumplimiento de las obligaciones y ejercicio de las funciones operativas de administración, comprobación, determinación y cobro de los ingresos establecidos, 50% de la recaudación efectivamente enterada en los sistemas de pago establecidos por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) que se generen con el RIF dentro de su territorio.
Se prevé que si para los ejercicios anteriores (del 2011 al 2013) de los Repecos hubiera una variación porcentual anual de la recaudación mayor a 4% respecto de la observada por el Indicador Trimestral de Actividad Económica Estatal sin Petróleo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en el mismo periodo, recibirá un incentivo adicional de 10 puntos porcentuales por cada año que se cumpla la condición, pero condicionado a que sea en dos o más ejercicios.
Si se tuvo únicamente en el ejercicio del 2013 dicha condición, también se incrementará el incentivo en 10 puntos porcentuales.
REQUISITOS PARA TENER RECURSOS DEL RIF
Estados deberán cumplir con:
Fiscalización del RIF
Podrán ordenar la clausura de establecimientos que no cuenten con controles volumétricos
Cerrarán los casinos que infrinjan la ley del IEPS
Comprobarán cumplimiento de disposiciones fiscales y determinar impuestos
Impondrán sanciones, notificar, recaudar y condonar
Autorizar pagos de créditos fiscales, cancelar créditos, declarar prescripción y revisar resoluciones
Asumir la defensa en materia de juicios
Interponer recursos de revisión en contra de sentencias y resoluciones
Realizar recorridos de manera sistemática en domicilios fiscales
Celebrar con contribuyentes acuerdos conclusivos
Clausura preventiva por no expedir comprobantes fiscales por Internet (CFDI)
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