Quedarán exentos de presentar declaraciones mensuales y anuales.
Ciudad de México (ADN/ Adriana Saucedo) .- Contribuyentes de los sectores agrícola, silvícola, ganadero o pesquero ya no estarán obligados a presentar la declaración mensual y anual, siempre y cuando emitan facturas electrónicas por sus operaciones.
“Aquellos cuyos ingresos no rebasen el monto de 900 mil pesos en el ejercicio de que se trate, podrán optar por no presentar declaraciones mensuales ni la anual correspondiente”, precisó el el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Además, quienes reciben ingresos por jubilaciones o pensiones y que se dedican exclusivamente a las actividades del sector primario, podrán tributar en el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas por los ingresos de dichas actividades, y con ello aplicar el beneficio de la exención de pago de impuesto sobre la renta (ISR).
El SAT detalló que a las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades del sector primario y que realicen operaciones con personas morales, no se les realizará la retención del 1.25 por ciento por los pagos que las referidas personas morales les hayan realizado, siempre que sus ingresos no rebasen el monto de los 900 mil pesos.
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