La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las pruebas principales en una acusación de peculado contra Jesús Manuel Esparza Flores, marcando un precedente en la protección del derecho a la intimidad y la seguridad jurídica.
Ciudad de México (ADN/Staff) – Este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión trascendental, anular las pruebas fundamentales en una de las acusaciones por peculado contra Jesús Manuel Esparza Flores, ex auditor Superior del Estado de Chihuahua durante la gestión del priista César Duarte. La resolución unánime subraya la invalidez de obtener información bancaria sin mandato judicial, incluso en investigaciones de corrupción.
El fallo de la Corte se alinea con un criterio sostenido durante años: las fiscalías no pueden acceder directamente a información bancaria y financiera de individuos implicados en investigaciones penales sin una orden judicial previa. Este principio se reiteró a pesar de las implicaciones que podría tener en casos de presunta corrupción, señalando un precedente importante en la protección de las garantías individuales frente a las acciones del Estado.
La decisión se fundamenta en el artículo 109 Constitucional, el cual, aunque excluye el secreto bancario en investigaciones sobre corrupción, establece la necesidad de una autorización judicial para acceder a dicha información. Este mecanismo busca equilibrar los derechos de las partes, protegiendo la intimidad y la seguridad jurídica del investigado sin impedir el desarrollo de las investigaciones ministeriales.
Jesús Manuel Esparza Flores ha sido el foco de múltiples investigaciones desde 2017, acusado de haber recibido sobornos para encubrir desvíos financieros del exgobernador Duarte. A pesar de haber sido vinculado a proceso en otro caso de peculado, la forma en que se han obtenido pruebas contra él y sus asociados ha sido cuestionada, especialmente el uso de información bancaria adquirida sin la supervisión judicial adecuada.
Este fallo de la SCJN no solo afecta directamente al caso de Esparza Flores, sino que también establece un marco más riguroso para la obtención de pruebas en investigaciones de corrupción.
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