Es la tercera iniciativa del diputado Ulises García que es aprobada de las 32 que ha planteado, trabajo que lo convierte en el diputado chihuahuense más productivo en los últimos 10 años.
Ciudad de México – Con 448 votos a favor y sólo uno en contra, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 419 bis del Código Penal Federal que impone una sanción a quien se involucre o incite a una pelea entre un perro y cualquier otro animal, así como a quien transmita por cualquier medio electrónico un espectáculo de este tipo, informó el diputado federal de Morena por Chihuahua, Ulises García Soto, quien elaboró la iniciativa.
Esta es la tercera iniciativa aprobada de las propuestas hechas por García Soto, quien presentó 32 planteamientos desde el 2018 a la actualidad, labor que lo convierte en el legislador chihuahuense con mayor cantidad de trabajo legislativo en los últimos 10 años.
Además, este miércoles se aprobó en las comisiones una iniciativa, presentada también por García Soto, sobre la Ley General de Profesiones, la cual se espera sea respaldada en el Pleno próximamente.
“De esta manera, podemos decir muy orgullosamente que soy el legislador más productivo y eficiente del estado de Chihuahua en las últimas tres legislaturas ya que he presentado 32 iniciativas, de las cuales nos han aprobado tres y dos están -digamos- ya en proceso de dictaminación, van a ser una realidad”, expuso.
El dictamen de la Comisión de Justicia aprobado el martes de esta semana establece que se impondrá pena de seis meses a cinco años de prisión, y el equivalente de 200 a dos mil días-multa a quien críe o entrene a un perro con la intención de hacerlo participar en una pelea contra cualquier otro animal.
También a quien compre o venda perros con el fin de involucrarlos en una pelea con cualquier otro animal, transmita por cualquier medio electrónico una confrontación de perros u ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre un perro contra cualquier otro animal.
Además, se sancionará a quien realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a un perro contra cualquier otro animal, así como a quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre un perro contra cualquier otro animal.
Los argumentos para establecer estas sanciones es que México se ha expuesto ante la comunidad internacional como un Estado comprometido con el bienestar animal; tanto así que para 2018, 28 de sus 32 entidades federativas habían ajustado sus marcos normativos con la intención de tipificar exhaustivamente el maltrato animal.
En 2017 se adicionó el artículo 419 Bis al Código Penal Federal, que dispone un catálogo amplio de conductas ilícitas relacionadas con las peleas de perros, con la intención de combatir la celebración
y promoción de este tipo de eventos, pero la redacción actual omite sanciones, lo que propicia que esta clase de eventos continúe sin que las autoridades puedan castigar a sus organizadores, partícipes y espectadores.
Entre los beneficios de la nueva ley está que fortalece el marco jurídico penal con la intención de castigar a todo organizador, partícipe y espectador de peleas entre un perro y cualquier otro animal e inhibe la celebración y promoción de eventos de esa naturaleza.
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