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    noviembre 12, 2024 | 0:56

    Falla el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua en favor de Adriana Terrazas

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    El Tribunal dio cuenta al IEE para que iniciara un procedimiento sancionador para determinar si existió la infracción de violencia política de género en contra de la Presidenta del Congreso del Estado, al pretender la bancada de Morena, expulsarla.

    Chihuahua, Chih (ADN / Arturo Hernández) .– Durante la 35° Sesión Pública del Pleno del Tribunal Estatal Electoral del Chihuahua (TEE), se resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía número 80 del presente año, en el cual una Diputada local impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que declaró improcedente el recurso de queja contra su expulsión de la fracción parlamentaria del partido Morena, al estimar que no tenía competencia para resolver el recurso de queja, por tratarse de un asunto parlamentario.

    En ese sentido, el Tribunal resolvió que la Comisión de Honestidad de Morena tiene competencia para resolver la queja de la Diputada, pues los estatutos y la normativa del partido le concede tal facultad.

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    Adicionalmente, la expulsión incide en el derecho de ser votada de la ciudadana, pues le impide ejercer plenamente el cargo en el Congreso del Estado, por tal motivo, revocó el acuerdo impugnado, para el efecto de que se determine sobre la admisión del recurso y resuelva lo conducente.

    Asimismo, se dio vista al IEE para que iniciara un procedimiento sancionador para determinar si existió la infracción de violencia política de género.

    De igual manera, en el juicio electoral 79 del presente año el presidente del Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, impugnó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral (IEE) local mediante el cual, se le impuso una amonestación pública y ordenó su inscripción en el registro de sujetos sancionados.

    De lo anterior, el Pleno del Tribunal revocó las sanciones mencionadas, al considerar que dicha autoridad electoral extralimitó sus funciones por estar impedida de imponer las sanciones señaladas.

    Además, resolvió que el funcionario denunciado dio respuesta al requerimiento de información solicitada con motivo de su asistencia a un evento denunciado.

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