Ciudad Juárez, Chih. – Con el objetivo de armonizar la Ley Nacional de Ejecución Penal con el Código Penal del Estado de Chihuahua, en el tema de la Sustitución de la Pena, la diputada Marisela Sáenz Moriel,presentó este día Iniciativa con carácter de Decreto, a fin de modificar el artículo 81 del Código Penal para el Estado de Chihuahua.
La iniciativa presentada en el pleno del Congreso del Estado, se refiere a la armonización en específico del Artículo 81 del Código Penal para el Estado de Chihuahua con el Artículo 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en lo que se refiere a la sustitución de penas.
Durante su exposición de motivos, Sáenz Moriel, denunció que en este tema ya van más de dos años de atraso, toda vez que en ese mismo lapso entró en vigor la Ley Nacional de Ejecución, además de que es responsabilidad de cada Congreso estatal la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
A partir de la entrada en vigor de dicha Ley, debieron quedar abrogadas las disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados y las que regulan la ejecución de sanciones penales en las entidades federativas, “Por lo que nos encontramos muy atrasados en la actualización de las normas en esta materia, mencionadas de la Ley Nacional son muy claras en su contenido para acatarlas y no hemos hecho nada”, indicó.
Sáenz Moriel, expuso además que la Constitución Política en su artículo 133, dice que las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Por lo que los jueces de cada entidad federativa se apegarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.
“Lo antes mencionado, nos señala el orden jerárquico de la aplicación de la Ley en nuestro País, e indica la supremacía y el arreglo al cual se deben de someter las leyes en caso de ser contrarias en las Entidades Federativas o en su defecto crear y armonizar la ley local adecuadamente”, dijo.
La modificación propuesta por la legisladora juarense al artículo 81 del Código Penal para el Estado de Chihuahua, incluiría:
Artículo 81. El Juez de Ejecución podrá sustituir las penas privativas de la libertad por alguna pena o medida de seguridad no privativa de la libertad… en los siguientes supuestos:
- Cuando se busque la protección de las hijas e hijos de personas privadas de la libertad, siempre que éstos sean menores de 12 años de edad o tengan una condición de discapacidad que no les permita valerse por sí mismos.
- Cuando la permanencia de la persona sentenciada con la hija, hijo o persona con discapacidad, no representa un riesgo objetivo para aquellos.
- Cuando esta fuere innecesaria o incompatible con las condiciones de la persona privada de la libertad por senilidad, edad avanzada, o su grave estado de salud…
- Cuando, en términos de la implementación de programas de tratamiento de adicciones, reinserción en libertad, justicia colaborativa o restitutiva, política criminal o trabajo comunitario, el Juez de Ejecución reciba de la Autoridad Penitenciaria o de la autoridad de supervisión un informe sobre la conveniencia para aplicar la medida y si el sentenciado no representa un riesgo objetivo y razonable para la víctima u ofendido y/o los testigos …
- En todos los casos a que se refiere este artículo se considerará el interés superior de la niñez y en su caso se tomará en cuenta la opinión de las personas menores de 12 años o con discapacidad afectadas, atendiendo su grado de desarrollo evolutivo o cognitivo, o en su caso, el grado de discapacidad.
No procederá la sustitución de pena por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas.
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