La acción de inconstitucionalidad busca mantener la supremacía de nuestra Carta Magna: Pérez Cuéllar.
Ciudad de México. – Con la finalidad de salvaguardar la democracia y legalidad del marco jurídico mexicano, el Senado de la República aprobó el dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman los incisos A) y B) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de promover la acción de inconstitucionalidad en aquellas leyes que sean contradictorias o sobrepasen lo establecido en la Constitución Política.
Al hablar a favor del dictamen, el senador por Morena, Cruz Pérez Cuéllar, explicó que se busca facultar al 33% de las y los integrantes de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, para que promuevan una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la posible contradicción a lo establecido en nuestra Carta Magna, de las adiciones o reformas a las constituciones locales que realicen las Legislaturas de las entidades federativas.
En tribuna, el legislador morenista, detalló que la acción de inconstitucionalidad es uno de los medios de control de la regularidad constitucional que tenemos en México.
Es un recurso legal con el que cuentan diversos entes jurídicos, para cuidar el andamiaje constitucional y denunciar la posible contradicción entre nuestra Constitución y alguna norma o disposición de carácter general de menor jerarquía, ya sea una ley, un tratado internacional, un reglamento o decreto.
Es a través de este medio de control que se busca preservar y mantener la supremacía de nuestra Constitución.
“La acción de inconstitucionalidad, a diferencia de la controversia constitucional, alude al control abstracto de constitucionalidad, lo que significa que para promoverla no es necesario que exista un agravio concreto, sino el sólo hecho de ir en contra de lo establecido constitucionalmente. Es a través de la acción de inconstitucionalidad que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez total o parcial de la norma impugnada” complementó el congresista.
Dijo Pérez Cuéllar que la acción de inconstitucionalidad constituye uno de los más importantes medios de control de nuestro sistema jurídico, principalmente por el alcance del sentido de sus resoluciones que tienen efectos generales, lo que beneficia a todos los gobernados.
Es en este sentido, aseveró que el Dictamen recobra gran importancia, toda vez que, a través de las reformas a los incisos a) y b) de la fracción II del artículo 105 constitucional se busca que las constituciones locales estén acordes a lo establecido en la Constitución General, por lo que, si una Legislatura local reforma su constitución, lo tiene que hacer a la luz de nuestra Constitución, sin sobrepasar facultades y sin establecer preceptos en contra de ella.
De tal manera que, el Congreso de la Unión ahora tendrá́ la facultad de promover, con el 33% de los integrantes, ya sea de la Cámara de Diputados o del Senado de la República, una acción de inconstitucionalidad para atacar aquellas reformas que se hagan a nivel local, en este caso, a las constituciones locales, que se opongan a la Constitución que nos rige a las y los mexicanos.
Resaltó el senador chihuahuense, que no se busca ir en contra de la autonomía e independencia que gozan todas las entidades federativas y sus Legislaturas, si no, que más bien se busca fortalecer la regularidad constitucional y proteger nuestro marco constitucional.
Concluyó que el Senado de la República, como garante del Pacto Federal tiene el compromiso de velar porque dicho pacto se mantenga y que es su deber como Legisladores proteger nuestra Constitución Política, en este caso, a través de un medio de control como lo es la acción de inconstitucionalidad.
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