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El Código Federal establece obligaciones fiscales para pensionados y jubilados, quienes deberán pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), del que antes estaban exento, si perciben al día más de 15 veces el salario mínimo vigente
Ciudad de México (ADN / Martín Orquiz) – Pensionados y jubilados que perciban más de 15 veces al día el Salario Mínimo Vigente (SMV), deben pagar a partir de este año el Impuesto Sobre la Renta (ISR), del que antes estaban exentos, establece el Código Fiscal de la Federación (CFF).
El cambio es parte de la Reforma Fiscal que fue aprobada por la Cámara de Diputados para el 2022.
En el caso de la frontera norte, quienes deben pagar el ISR son las personas que reciban una pensión diaria de 3 mil 905.1 pesos, o 117 mil 153 al mes.
El CFF establece, en su Artículo 93, Ingresos Exentos, que no se pagará el ISR por la obtención de varios ingresos, entre los que se encuentran, en su fracción IV, las jubilaciones y pensiones “cuyo monto diario no exceda de 15 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente”.
Por el excedente, agrega, se pagará el impuesto en los términos de este Título.
La frontera norte de México se encuentra en un modelo con estímulo por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), que consiste en un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del ISR causado en el ejercicio o en los pagos provisionales.
Por lo tanto, personas físicas y morales, pagarán solamente las dos terceras partes de ese tributo causado por los ingresos obtenidos por la realización de actividades económicas en esta región.
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