La iniciativa conocida como “Ley de los Dos Corazones”, presentada por el Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso de Chihuahua, propone penalizar el aborto desde la detección del latido embrionario. Lejos de ofrecer una solución jurídicamente sólida, esta propuesta representa un retroceso grave en derechos humanos, salud pública y evidencia científica. Se sustenta en postulados ideológicos disfrazados de ciencia, ignora marcos constitucionales vigentes y pone en riesgo la salud de las mujeres.
En términos médicos y legales, el llamado “latido” embrionario no es un indicador objetivo de vida. Como lo explica el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos (ACOG), durante las primeras seis semanas de gestación no existe un corazón estructurado ni funcional. Lo que se detecta es una actividad eléctrica inicial, por lo tanto, llamar a esto “latido cardiaco” es científicamente incorrecto y genera una falsa equivalencia con una vida humana plenamente desarrollada.
La propuesta pretende equiparar esta señal embrionaria con los criterios legales de vida, refiriéndose al artículo 343 de la Ley General de Salud, que define la muerte a partir de la pérdida de funciones vitales. Esta comparación es jurídicamente absurda: esa norma aplica a personas ya nacidas, y no puede trasladarse sin respaldo constitucional al ámbito embrionario. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido clara: la protección de la vida prenatal no es absoluta y debe ponderarse con los derechos de las personas gestantes.
Más aún, la iniciativa desconoce la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 01/2024, que prohíbe criminalizar a las mujeres por abortar. Aunque dice no sancionar a las mujeres, propone “tratamientos obligatorios en libertad”, una medida disfrazada de acompañamiento que en realidad es punitiva, estigmatizante y niega la autonomía femenina. Asume erróneamente que toda mujer que aborta está psicológicamente dañada, perpetuando una visión paternalista que infantiliza y cosifica a las mujeres.
En cuanto a su sustento científico, la iniciativa cita fuentes con fuerte sesgo ideológico, como el Charlotte Lozier Institute, conocido por su activismo antiaborto, sin reconocimiento entre la comunidad médica internacional. Se omiten deliberadamente las posturas de organismos como la Organización Mundial de la Salud, que consideran el aborto legal y seguro un derecho fundamental en salud reproductiva. Se exageran supuestos efectos psicológicos del aborto, ignorando estudios de referencia como el Turnaway Study(UCSF), que demuestran que negar el aborto causa más daño emocional y físico que permitirlo, incluyendo mayor riesgo de pobreza, violencia de pareja y afectaciones a la salud.
El intento de otorgar al embrión el estatus de persona desde la concepción también contradice el criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el caso “Artavia Murillo vs. Costa Rica”, se determinó que la vida prenatal merece una protección gradual, pero no absoluta, y que esta debe armonizarse con los derechos de las mujeres. Así, elevar al embrión a la categoría de sujeto con derechos plenos es jurídicamente inviable y contraria a tratados internacionales firmados por México.
Resulta alarmante que la iniciativa tome como modelo las llamadas “Heartbeat Bills” de Estados Unidos, leyes judicializadas y suspendidas por inconstitucionalidad en varios estados. En lugar de garantizar derechos, han provocado inseguridad jurídica, criminalización médica y abortos clandestinos. Adoptar un modelo tan cuestionado revela una falta de seriedad legislativa y un desprecio por la salud pública.
El discurso restaurativo que se invoca es también engañoso. Un enfoque verdaderamente restaurativo parte del respeto por la autonomía moral de las mujeres y su derecho a tomar decisiones difíciles en contextos complejos. Obligar a continuar un embarazo no deseado bajo amenaza de sanción o coacción emocional no es restauración, es violencia institucional.
Finalmente, la iniciativa ignora por completo el contexto de desigualdad que enfrentan muchas mujeres en Chihuahua y en México: pobreza, violencia, discriminación y falta de acceso a servicios de salud. En lugar de ofrecer educación sexual, anticoncepción, atención digna y libre de prejuicios, se opta por un modelo punitivo, regresivo y moralizante.
En resumen, la “Ley de los Dos Corazones” carece de base científica, ética y jurídica. Supone una amenaza directa a los derechos humanos de las mujeres, contradice la jurisprudencia nacional e internacional, vulnera el principio de laicidad del Estado y representa una estrategia regresiva en política pública. Su aprobación sería un error legal de graves consecuencias sociales y una traición a los principios de libertad, dignidad y autonomía de las ciudadanas mexicanas.

Leticia Ortega Máynez
Ingeniera apasionada por las matemáticas y la investigación. Con doctorado en Manchester, ha contribuido al procesamiento de imágenes médicas. Además, ha participado activamente en movimientos sociales y políticos, abogando por los más vulnerables. Actualmente es Diputada Local por el Distrito 02 en Ciudad Juárez.
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