Quizá en más de una ocasión en nuestra vida adulta, nos hemos sentido vulnerados en nuestros derechos por diversas circunstancias; sin embargo, la realidad nos muestra otra cara de la moneda en cuanto a los derechos de la infancia, sobre todo cuando la niñez y la adolescencia constituyen una etapa de vulnerabilidad que requiere de la protección especial de tutela y la adopción de medidas tendientes a erradicar cualquier abuso cometido en contra de este grupo poblacional.
Generalmente se suele pensar en las niñas, niños y adolescentes como personas pequeñas olvidando que son personas en desarrollo para las cuales debe reconocerse derechos y formarlos a través de la participación y el civismo, cuestión por la que estamos pugnando, sin embargo el tema en estas líneas en conjunto, más allá.
En el estado, el 30.4% de la población está conformada por niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 17 años de edad que enfrentan en algunos casos a su corta edad, situaciones complejas que les impiden gozar del ejercicio pleno de sus derechos, situaciones que no deben quedar excluidas del interés y de la obligación de las autoridades.
Es por ello que, buscando dar seguimiento a los resultados de la consulta, se vuelve imprescindible generar propuestas que vayan más allá de respetar el derecho de la infancia a ser escuchadas: es necesario dar seguimiento a estos ejercicios dando cumplimiento a la obligación de las instancias gubernamentales de informar de qué manera su opinión ha sido valorada y tomada en cuenta.
Si bien, los ordenamientos jurídicos anteriores a la Convención de los Derechos del Niño enmarcaban a la protección de los derechos y el desarrollo de la infancia dentro del ámbito familiar, es necesario cambiar este paradigma y dejar de circunscribir el bienestar de la niñez a este ámbito, siendo acordes a la realidad y en reconocimiento de la autonomía progresiva y a su derecho a la participación.
En ese sentido, hemos dado un paso adelante para reafirmar a las niñas, niños y adolescentes como sujetos de derechos a través de la Constitución Local, considerando que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos es claro en cuanto que este grupo si bien posee los derechos que corresponden a todos los seres humanos, tienen además derechos especiales derivados de su condición.
Lo anterior no es una simple ocurrencia sino que surge del hecho de que,, si bien las constantes reformas constitucionales al artículo cuarto han sido baluarte del reconocimiento de derechos humanos, existe un gran pendiente en cuanto al reconocimiento de derechos en específico para niñas, niños y adolescentes; mientras que la Convención de Derechos del Niño contempla un amplio catálogo de derechos y libertades, la Constitución por otra parte se limita a reconocer como derechos, la satisfacción de algunas necesidades.
Demos entonces juntos como sociedad, un paso adelante en el reconocimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes; recordemos que como bien dijo Karl Menninger, “El trato que se le da a los niños es el que ello luego darán a la sociedad”
Benjamín Carrera Chávez
Doctor en Problemas Económicos por Universidad Autónoma Chapingo.
Actualmente Diputado Local por el 5to Distrito de Chihuahua, Profesor-investigador en el Instituto de Ciencias Sociales y Administración de la UACJ y miembro del Sistema Nacional de Investigadores del CONACyT, Nivel 1.
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