Definitivamente se tuvieron que agotar las instancias legales, respecto a la elección de Presidente Municipal en Ciudad Juárez, y decidirá finalmente el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Sala Superior. El recurso de reconsideración fue presentado por el Lic. Javier González Mocken, así como los partidos Morena, del Trabajo y Encuentro Social, mismo que se resolverá a más tardar el próximo domingo 9 de septiembre.
Desde la Asamblea Municipal Electoral hubo falta de control y autoridad para evitar el manipuleo de las boletas reservadas por el candidato independiente, quien ha sido apoyado y asesorado por expertos en destrozar casillas, o causar confusión y desorden como ocurrió. Pues el sistema que provee los resultados preliminares de la elección conocido como el PREP, difícilmente se pudo equivocar por más de cinco mil votos de ventaja de Javier González Mocken contra su adversario Armando Cabada.
Es increíble, que todos los candidatos de Ciudad Juárez de la coalición “Juntos Haremos Historia” que encabezó Andrés Manuel López Obrador, hayan obtenido el triunfo irrefutable, menos el candidato a Presidente Municipal. De hecho lo ganó en las urnas. Los juarenses salimos a votar y el resultado preliminar causó conformidad en la mayoría de la población. Sin embargo el plan de manipular las boletas a la hora del recuento por el equipo del independiente y los operadores expertos en fraudes electorales, hicieron presencia variando el resultado.
El resultado ya lo conocemos. Conforme se fueron interponiendo los recursos jurídicos el plan logró sus expectativas y revirtió el triunfo desde el Tribunal Electoral del Estado. Luego en la Sala Regional con sede en Guadalajara, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, apoyándose en los datos del expediente e informes de las propias autoridades, -aunque pudo constatar que ganó en la urnas Javier González Mocken-, confirmó la anulación de veinticuatro casillas y ordenó que se otorgará la constancia de mayoría al independiente Armando Cabada.
Esta vez el independiente agotó todos los recursos antidemocráticos para lograr su objetivo de la reelección. Es indudable que la justicia no llega por los tribunales, cuando los magistrados aplican las normas que ellos mismos determinan en jurisprudencia, por encima de lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comenzando por el derecho de votar que tenemos. Los magistrados que han intervenido siguen anulando el derecho de votar de los juarenses anulando veinticuatro casillas, cuyo resultado de anularlas favorece a Armando Cabada, esa es la cuestión.
El criterio para anular las veinticuatro casillas, se apoyó en jurisprudencia que ordena anular automáticamente cuando un funcionario de casilla no pertenece a la sección. Criterio sustentado desde el año 2002, pasando por encima de la voluntad popular que acudió a votar, confiando en la estructura del Instituto Estatal Electoral, que es a quien compete vigilar la debida integración de las casillas y no al ciudadano que cumplió con la obligación de emitir el sufragio.
Nuestra constitución se reformó en materia de derechos humanos desde el año 2011, por ser parte de los tratados internacionales, mediante los cuales viene a sustituir todo lo que va en contra del derecho pro persona, como lo es ejercer el voto libre y secreto. De tal manera que existen principios jurídicos debidamente establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como el Principio de Conservación de los Actos Públicos válidamente celebrados, como lo es la voluntad ciudadana que se manifestó el día 1 de julio.
El recurso de reconsideración planteado por el Lic. Javier González Mocken, ante la Sala Superior del TEPJF, está debidamente fundado en los derechos humanos y constitucionalmente viable para revertir el resultado de le elección a su favor. Veremos si los magistrados que resolverán por nosotros, pueden asimilar que las inconsistencias y manipulación de boletas electorales que se denunciaron en su oportunidad ante la FEPADE, -quien todavía no resuelve por cierto-, afectan a la democracia y el debido proceso electoral. El derecho al voto no se puede anular por causas ajenas al ciudadano e imputables a la institución electoral.
A más tardar el domingo próximo, los siete magistrados del Tribunal deberán sesionar para dar el fallo definitivo. Deberán resolver en base a la justicia, estableciendo el criterio superior del derecho de los ciudadanos y no de la normatividad imperante en contra de la democracia.
Héctor Molinar Apodaca
Abogado especialista en Gestión de Conflictos y Mediación.
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